MiPAE › GES › Agresión sexual aguda
Problema GES N.º 86
Atención integral de salud en agresión sexual aguda
Personas de cualquier edad y género afectadas por una agresión sexual aguda (72 horas o menos de ocurrida).
Ficha de referencia para profesionales y estudiantes de enfermería. Los plazos y garantías son los del decreto GES vigente: verifícalos con la normativa actual y el protocolo de tu establecimiento.
Qué es
Atención de salud integral y oportuna para una persona que ha sufrido una agresión sexual reciente (72 horas o menos). Una respuesta precoz reduce el riesgo de infecciones de transmisión sexual y de embarazo, protege la salud mental y permite la preservación de evidencia. El GES 86 garantiza una primera respuesta inmediata en un servicio de urgencia hospitalaria y el seguimiento en un centro ambulatorio dentro de los primeros 35 días. El rol de enfermería es de acogida no revictimizante, cuidado, profilaxis según indicación, preservación de muestras según protocolo y articulación con la red de protección.
Cuándo se activa
Se activa desde la sospecha.
- Persona que consulta por una agresión sexual aguda (72 horas o menos de ocurrida): acceso a primera respuesta en un servicio de urgencia hospitalaria
- Que accedió a la primera respuesta: acceso a seguimiento en un centro de atención de especialidad ambulatoria
- Acceso de toda persona afectada, de cualquier edad y género
Las 4 garantías
Acceso
- Toda persona afectada por agresión sexual aguda tendrá acceso a primera respuesta en urgencia hospitalaria
- Quien accedió a la primera respuesta tendrá acceso a seguimiento ambulatorio de especialidad
- Acceso a profilaxis y a apoyo en salud mental según indicación
- Primera respuesta integral en servicio de urgencia hospitalaria
- Profilaxis de infecciones de transmisión sexual y de VIH según indicación
- Anticoncepción de emergencia según indicación
- Apoyo y seguimiento en salud mental
- Preservación de muestras según protocolo
Oportunidad
| Prestación | Plazo | Desde | Notas |
|---|---|---|---|
| Primera respuesta en urgencia hospitalaria | 1 hora | solicitud de atención | Se entrega inmediatamente desde la solicitud de atención en la unidad de emergencia hospitalaria. El valor 1 hora modela el carácter inmediato; la profilaxis es tiempo-dependiente. |
| Seguimiento en centro de atención de especialidad ambulatoria | 35 días | primera respuesta | Dentro de los primeros 35 días desde la primera respuesta. |
Calidad
Servicio de urgencia hospitalaria con protocolo de atención a víctimas de agresión sexual y red de seguimiento en salud mental. Prestador acreditado por Superintendencia de Salud.
Protección financiera
FONASA: 0% copago · ISAPRE: 20% copago
Canasta GES
Incluye
- Atención integral de urgencia (evaluación física y emocional)
- Profilaxis de ITS y de VIH según indicación médica según protocolo
- Anticoncepción de emergencia según indicación
- Preservación de muestras según protocolo y apoyo/seguimiento en salud mental
No incluye
- Agresión sexual con más de 72 horas de ocurrida como atención aguda de este problema de salud (seguimiento por otras vías)
- El proceso judicial o pericial propiamente tal (corresponde a la institución legal/forense)
- Tratamiento de secuelas crónicas de larga data de manejo distinto
Rol de enfermería
Urgencia
En la primera respuesta, en urgencia, el cuidado de enfermería marca la experiencia de la persona y su recuperación:
Acogida no revictimizante: recibir a la persona en un espacio privado, con trato respetuoso y sin juzgar ni cuestionar su relato; creerle, respetar su ritmo y su autonomía sobre cada paso (qué exámenes acepta, a quién quiere que llamen). La forma en que se la recibe puede reducir o aumentar el trauma.
Privacidad y confidencialidad: resguardar la intimidad durante toda la atención.
Profilaxis tiempo-dependiente: colaborar en la administración, según indicación médica, de la anticoncepción de emergencia y de la profilaxis de ITS y de VIH; explicar para qué sirven, porque su eficacia depende de la precocidad.
Preservación de muestras y de evidencia según el protocolo institucional y la cadena de custodia, siempre con el consentimiento de la persona.
Articulación con la red: trabajo social, salud mental, y orientación sobre los recursos de apoyo y protección. Contención emocional sin presionar.
Especialidad
En el seguimiento ambulatorio:
Apoyo a la adherencia a la profilaxis indicada (por ejemplo, completar el esquema de profilaxis de VIH si se inició) y a los controles para detectar y tratar ITS o un eventual embarazo.
Apoyo y derivación en salud mental: el impacto psicológico de una agresión sexual es profundo (reacciones de estrés agudo, ansiedad, ánimo, sueño). Facilitar el acceso a atención de salud mental y acompañar sin presionar el relato.
Vinculación sostenida con la red de protección y apoyo (trabajo social, organismos de apoyo a víctimas).
Respeto por la autonomía y los tiempos de la persona en todo el proceso, evitando la revictimización en cada contacto.
Educación al alta
Información y apoyo a la persona (y a su familia/acompañante de confianza si ella lo desea):
Importancia de completar la profilaxis indicada y de asistir a los controles de seguimiento (ITS, VIH, embarazo) según el calendario entregado.
Reconocer reacciones emocionales esperables tras un evento traumático y que existe apoyo de salud mental disponible; cómo y dónde acceder.
Información clara sobre los recursos de apoyo y la red de protección, respetando su decisión sobre los pasos a seguir.
Mensaje central y reiterado: no es su culpa, no está sola, y tiene derecho a atención y a apoyo.
Alertas para el turno
- La acogida no revictimizante es el cuidado más importante: recibir en privado, creer, no juzgar ni cuestionar el relato y respetar la autonomía de la persona sobre cada paso. La forma de recibir puede reducir o aumentar el trauma.
- La profilaxis es tiempo-dependiente: la anticoncepción de emergencia y la profilaxis de ITS/VIH son más eficaces mientras antes se administren (por eso la atención es inmediata). La precocidad protege.
- DEBER LEGAL: cuando la persona afectada es menor de edad, existe obligación de denuncia por parte del personal de salud (Código Procesal Penal, art. 175). Conocer y activar el protocolo institucional es parte del rol.
- Consentimiento y autonomía: cada examen, muestra o llamada se hace con el acuerdo de la persona; respetar sus tiempos y decisiones evita revictimizar.
- Preservación de muestras según protocolo y cadena de custodia: hacerlo bien protege un eventual proceso, pero siempre supeditado al consentimiento y al cuidado de la persona.
- El proceso judicial/forense corresponde a la instancia legal: el rol de salud es cuidar, proteger y articular con la red, no investigar.
- Mensaje a sostener con la persona: no es su culpa, no está sola y tiene derecho a atención y apoyo. La articulación con salud mental y la red de protección es parte del cuidado.
Fuentes
- Superintendencia de Salud: Atención integral de salud en agresión sexual aguda - orientación y tiempos máximos de espera
- AUGE-MINSAL: Problema de Salud 86 - Atención integral de salud en agresión sexual aguda
Decreto base: Decreto N°29/2025, MINSAL
Revisión: 2026-06-02
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