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Problema GES N.º 88
Tratamiento farmacológico tras alta hospitalaria por cirrosis hepática
Personas con cirrosis hepática que, tras el alta hospitalaria por dicho problema, requieren tratamiento farmacológico.
Ficha de referencia para profesionales y estudiantes de enfermería. Los plazos y garantías son los del decreto GES vigente: verifícalos con la normativa actual y el protocolo de tu establecimiento.
Qué es
La cirrosis es el estadio final de diversas enfermedades hepáticas crónicas (hepatitis virales, alcohol, hígado graso, otras), con deterioro progresivo de la función del hígado. Tras una hospitalización por descompensación (ascitis, encefalopatía, hemorragia por várices, infección), el tratamiento farmacológico continuo busca prevenir nuevas complicaciones y reingresos. El GES 88, incorporado en el Decreto 2025-2028 (vigente desde diciembre de 2025), garantiza la continuidad del tratamiento tras el alta. El copago tope es de 122 UF al año.
Cuándo se activa
Se activa desde la confirmación diagnóstica.
- Persona con diagnóstico de cirrosis que, tras el alta hospitalaria por cirrosis, requiere tratamiento
- Acceso a través de la indicación médica realizada tras el alta hospitalaria
Las 4 garantías
Acceso
- Tras el alta hospitalaria por cirrosis hepática tendrá acceso a tratamiento
- En tratamiento tendrá acceso a continuarlo
- Tratamiento farmacológico individualizado tras el alta
- Continuidad del tratamiento
- Seguimiento
Oportunidad
| Prestación | Plazo | Desde | Notas |
|---|---|---|---|
| Inicio de tratamiento | 30 días | indicación médica | Indicación posterior al alta hospitalaria por cirrosis. |
Calidad
Atención con acceso a tratamiento farmacológico y seguimiento de la cirrosis, idealmente con gastroenterología/hepatología. Prestador acreditado por Superintendencia de Salud. Copago tope 122 UF/año.
Protección financiera
FONASA: 0% copago · ISAPRE: 20% copago
Canasta GES
Incluye
- Tratamiento farmacológico individualizado según indicación médica según protocolo (por ejemplo, diuréticos como {med:espironolactona} y {med:furosemida}; lactulosa como {med:lactulosa}; betabloqueo no selectivo como {med:propranolol}, según indicación)
- Continuidad del tratamiento tras el alta
- Seguimiento
No incluye
- La hospitalización por la descompensación (es el evento previo, otra cobertura)
- Trasplante hepático (otra ruta)
- Cirrosis sin hospitalización previa por descompensación como prestación de este problema de salud
Rol de enfermería
Hospitalización
Durante la hospitalización por descompensación y de cara al alta, preparamos la continuidad:
Reconocimiento y manejo de las descompensaciones de la cirrosis: ascitis (control de peso y perímetro abdominal, balance, dieta hiposódica), encefalopatía hepática (vigilar estado de conciencia, orientación, asterixis; la lactulosa según indicación es clave), hemorragia digestiva por várices (signo de alarma mayor), peritonitis bacteriana espontánea (fiebre, dolor abdominal, empeoramiento).
Educación al alta estructurada: es el corazón de este problema de salud, porque su objetivo es prevenir el reingreso. Adherencia a cada fármaco y para qué sirve, signos de alarma, dieta, controles.
Manejo de la medicación: explicar el rol de los diuréticos (y vigilar la función renal y los electrolitos), de la lactulosa (ajustar para 2-3 deposiciones blandas al día, no más), del betabloqueo.
Prevención de nefrotóxicos: educar a EVITAR los antiinflamatorios (AINE), que pueden precipitar falla renal y descompensación.
Educación al alta
Educación al alta (eje de este problema de salud, prevenir el reingreso):
Adherencia al tratamiento farmacológico completo y comprensión de cada fármaco.
Dieta: restricción de sodio para el manejo de la ascitis; evaluación nutricional (la desnutrición es frecuente y empeora el pronóstico, así que NO se trata de 'comer poco' sino de comer bien y suficiente proteína según indicación).
Cesación del alcohol de forma absoluta cuando es la causa o un agravante: es la intervención que más cambia el pronóstico. Apoyar sin juzgar; cross a {ges:90} y a apoyo de salud mental {ges:34} cuando aplica.
EVITAR los antiinflamatorios (AINE) y revisar todo fármaco o hierba con el equipo (riesgo de daño renal y hepático).
Reconocimiento de signos de alarma para consulta inmediata: confusión o somnolencia (encefalopatía), aumento del perímetro abdominal o de peso brusco, fiebre, vómito con sangre o deposiciones negras (hemorragia digestiva), ictericia que aumenta.
Adherencia a los controles. Manejo de la hepatitis de base ({ges:68}, {ges:69}) cuando corresponde.
Alertas para el turno
- El objetivo de este problema de salud es prevenir el reingreso: la educación al alta estructurada (fármacos, dieta, signos de alarma, alcohol) es la intervención central, no un trámite.
- Vómito con sangre o deposiciones negras (melena) = hemorragia digestiva por várices: es una emergencia. Educar como signo de alarma mayor.
- Confusión, somnolencia o cambio conductual = encefalopatía hepática: ajustar lactulosa según indicación (meta 2-3 deposiciones blandas al día) y buscar el desencadenante (infección, constipación, sangrado, deshidratación).
- EVITAR los antiinflamatorios (AINE): precipitan falla renal y descompensación en la cirrosis. Educar explícitamente, porque son de venta libre.
- La desnutrición es frecuente en cirrosis y empeora el pronóstico: el manejo NO es 'comer poco'. Se restringe el sodio, pero se asegura aporte calórico y proteico según indicación.
- La cesación del alcohol, cuando es causa o agravante, es lo que más cambia el pronóstico: apoyar sin juzgar. Cross a {ges:90} y a {ges:34}.
- Fiebre o dolor abdominal con ascitis: sospechar peritonitis bacteriana espontánea, una complicación seria. Comunicar.
- Este problema de salud es del Decreto 2025-2028 (nuevo): acceso tras el alta hospitalaria por cirrosis; tratamiento dentro de 30 días desde la indicación.
Fuentes
- Superintendencia de Salud: Tratamiento farmacológico tras alta hospitalaria por cirrosis hepática - orientación y tiempos máximos de espera
- MINSAL: incorporación del problema de salud N°88 (Decreto GES 2025-2028)
Decreto base: Decreto N°29/2025, MINSAL
Revisión: 2026-06-02
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